...

La IA que el consejo de administración no puede ignorar, tribuna de Rafael López-Diéguez Piñar en Cinco Días

El AI Act consejo de administración es la conexión que la mayoría de las empresas españolas todavía no ha hecho. El 2 de agosto de 2026, el régimen del Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial se activa plenamente para los sistemas de alto riesgo. Además, la autoridad de supervisión podrá inspeccionar y sancionar directamente, con multas que alcanzan los 35 millones de euros. Sin embargo, la mayoría de las empresas españolas no ha empezado a prepararse.

En una nueva tribuna publicada en Cinco Días, Rafael López-Diéguez Piñar, Director General de RLD, analiza por qué la gobernanza de la inteligencia artificial ha dejado de ser un asunto técnico para convertirse en una cuestión de gobierno corporativo con responsabilidad personal para los administradores.

 

AI Act y consejo de administración: no importa quién crea la IA, sino quién la usa

Por otro lado, buena parte del tejido empresarial afronta la entrada en vigor con una tranquilidad injustificada. Se ha instalado la idea de que la norma afecta solo a los desarrolladores tecnológicos. Sin embargo, no es así. El reglamento alcanza a cualquier organización que utilice IA en procesos internos sensibles. Es la figura del deployer. Como señala Rafael López-Diéguez Piñar:

«La norma no mira tanto a quién crea la tecnología como a quién la usa en su día a día.»

En efecto, esta figura del deployer alcanza a empresas que utilizan IA en selección de personal, evaluación de riesgos crediticios o gestión de contratos. Por consiguiente, el asunto deja de ser técnico y sube del departamento de sistemas a la sala del consejo.

 

El AI Act y el consejo de administración: el deber de diligencia del artículo 225

La gobernanza de la IA se convierte en una cuestión de gobierno corporativo que, en España, conecta de lleno con el deber de diligencia del artículo 225 de la Ley de Sociedades de Capital. Además, el «ordenado empresario» que exige la ley ya no puede desentenderse de los algoritmos que funcionan dentro de su organización.

El análisis de Rafael López-Diéguez Piñar es directo sobre la exposición que asume el administrador:

«Un administrador que autorice sistemas de alto riesgo sin gobernanza, sin trazabilidad y sin formar a su gente asume una exposición personal, patrimonial y societaria.»

Por consiguiente, la diligencia hoy significa saber qué riesgo algorítmico se está introduciendo en la organización.

 

El impacto en las operaciones de M&A

Por otro lado, la entrada en vigor del AI Act cambia también las reglas de la due diligence en operaciones corporativas. La revisión ya no se agota en las licencias de software o el cumplimiento de protección de datos. Como advierte Rafael López-Diéguez Piñar:

«Una compañía que sostenga sus procesos core sobre IA mal clasificada arrastra un pasivo que no figura en ningún balance.»

En efecto, las declaraciones y garantías habituales de un contrato de compraventa difícilmente cubren ese riesgo. Menos aún si nadie lo ha revisado antes del cierre. Por consiguiente, la due diligence de IA se convierte en un elemento crítico de cualquier operación de M&A a partir de agosto de 2026.

 

España como puerta de entrada a Europa

Además, hay una dimensión internacional que a menudo se pasa por alto. España es de los primeros Estados miembros en montar una estructura operativa de supervisión del AI Act. Por consiguiente, muchas corporaciones latinoamericanas o del Golfo entran en Europa a través de sus vehículos en España. Para ellas, el cumplimiento del reglamento forma parte del análisis de establecimiento.

 

Del cumplimiento a la competitividad

Rafael López-Diéguez Piñar cierra su análisis con una tesis clara: el AI Act ha dejado de ser un asunto de cumplimiento para convertirse en una cuestión de competitividad.

«La responsabilidad será personal, y la ventaja, de quienes hayan leído la norma antes que sus competidores.»

Por consiguiente, los consejos de administración que traten el riesgo algorítmico como un activo estratégico se adelantarán a sus competidores.

 

Leer el artículo completo en Cinco Días→

 

Sobre el autor 

Rafael López-Diéguez Piñar es Director General de RLD. Dirige el despacho desde Madrid con presencia permanente en Dubái desde 2012. Su práctica se centra en operaciones corporativas, gobierno corporativo, internacionalización empresarial y estrategia patrimonial para empresas familiares.

¿Está evaluando una operación corporativa?

RLD acompaña a familias empresariales y grandes patrimonios españoles desde 1989. Presencia permanente en Madrid y Dubái. 

Hablemos de forma reservada.

Estudiamos cada caso en detalle y diseñamos la estrategia que define el resultado. Escríbenos hoy.