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EAU amplía la Small Business Relief hasta 2029: qué significa para las pymes españolas

La Decisión Ministerial núm. 131, anunciada el 7 de agosto de 2026, lo confirma. Así, el régimen que permite a las pequeñas empresas tributar al 0% en Corporate Tax con obligaciones simplificadas seguirá disponible para los períodos fiscales que terminen el 31 de diciembre de 2029 o antes. Hasta ahora, el límite estaba fijado en el 31 de diciembre de 2026.

Para las pymes y estructuras españolas de facturación moderada en EAU, la noticia elimina una incertidumbre. Empezaba a preocupar la posibilidad de que el próximo ejercicio fuera el último en el que podían acogerse a este beneficio.

 

Qué es la Small Business Relief

La SBR permite a una empresa residente en EAU ser tratada como si no hubiera generado ingresos imponibles. Esto aplica a un período fiscal determinado. En la práctica, esto supone Corporate Tax cero para ese ejercicio. Además, incluye una declaración simplificada que reduce la carga de información ante la Federal Tax Authority (FTA). El régimen se recoge en el artículo 21 de la Ley de Corporate Tax y en la Decisión Ministerial núm. 73 de 2023.

El requisito central sigue siendo el mismo tras la ampliación. La empresa debe haber facturado 3.000.000 AED o menos en el período fiscal en curso. Además, debe cumplirlo en todos los períodos anteriores desde la entrada en vigor del Corporate Tax, el 1 de junio de 2023. Quedan excluidos del régimen los Qualifying Free Zone Persons (QFZP). Asimismo, quedan excluidas las entidades que forman parte de grupos multinacionales con ingresos consolidados superiores a 3.150 millones AED.

 

Qué cambia exactamente con la Decisión Ministerial núm. 131

La ampliación afecta únicamente al horizonte temporal del régimen. El umbral de ingresos de 3.000.000 AED no se modifica. Tampoco cambian las condiciones de elegibilidad ni las exclusiones ya existentes. Lo único que se extiende es la ventana de aplicación. Antes, terminaba el 31 de diciembre de 2026. Ahora, se extiende hasta el 31 de diciembre de 2029.

Esto significa que una empresa que ya viene aplicando la SBR desde 2023 podrá seguir haciéndolo, ejercicio por ejercicio, hasta el cierre de 2029, siempre que continúe cumpliendo el requisito de ingresos.

 

Qué no cambia: la elección sigue siendo activa, no automática

La ampliación no altera un punto que la FTA ha recordado en varias ocasiones: la SBR no se aplica por defecto. La empresa debe elegirla expresamente en cada declaración de Corporate Tax. Debe hacerlo a través de EmaraTax, dentro del plazo legal de presentación: nueve meses desde el cierre del período fiscal. Además, acogerse al régimen sigue exigiendo el registro ante la FTA y la conservación de los registros que acrediten los ingresos declarados.

Tampoco cambia la contrapartida de elegir la SBR. Al hacerlo, la empresa no declara pérdidas fiscales para ese período. Por tanto, no puede trasladarlas a ejercicios futuros. En negocios con pérdidas puntuales o ingresos ajustados, sigue siendo recomendable comparar dos cosas. Por un lado, el ahorro fiscal inmediato. Por otro, el valor de conservar esas pérdidas para compensar beneficios posteriores.

 

En definitiva

La Decisión Ministerial núm. 131 da tres años más de margen a las pequeñas estructuras españolas en EAU. Así, pueden operar con Corporate Tax cero y obligaciones simplificadas. La ampliación despeja la incertidumbre sobre el corto plazo. Sin embargo, no cambia lo esencial: la Small Business Relief sigue siendo una elección que debe evaluarse y formalizarse en cada ejercicio. Por eso, conviene analizarla con datos concretos antes de presentar la declaración.

Desde RLD podemos revisar la situación fiscal de su empresa en EAU y ayudarle a decidir si la Small Business Relief es la opción más adecuada para su próxima declaración de Corporate Tax.

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