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El blindaje jurídico de los Emiratos Árabes frente al desafío regional, tribuna de Rafael López-Diéguez en El Condidencial

La seguridad jurídica Emiratos Árabes se ha convertido en factor diferencial durante el escenario de tensión regional con Irán. Mientras la incertidumbre geopolítica escala, la actividad económica en el país mantiene su ritmo con notable estabilidad. En efecto, esa continuidad operativa no responde al azar. Es el resultado de una arquitectura normativa consolidada durante décadas por el Estado emiratí.

Además, la relación entre Emiratos e Irán ha sido una de las más dinámicas de la región. Los Emiratos figuran como principal origen de las importaciones no petroleras iraníes. Sin embargo, esta interdependencia económica convive con un escenario político cada vez más exigente. Por consiguiente, la clave para las empresas con presencia en el Golfo ya no está en evitar el riesgo, sino en gestionarlo con los instrumentos jurídicos adecuados.

En una nueva tribuna publicada en El Confidencial, Rafael López-Diéguez Piñar, director general de RLD, analiza cómo el ordenamiento emiratí opera como amortiguador ante escenarios de volatilidad geopolítica.

La imagen central: una cúpula de cristal jurídica

Rafael López-Diéguez Piñar utiliza una imagen precisa para explicar el papel del ordenamiento emiratí durante la crisis:

«En la ingeniería moderna, una cúpula de cristal permite observar el exterior sin quedar expuesto a él. Esa misma lógica define hoy la posición de los Emiratos Árabes Unidos.»

Por otro lado, esa imagen sintetiza la posición geoeconómica del país. En efecto, permite mantener la actividad comercial e inversora mientras absorbe los impactos externos sin comprometer la estabilidad interna. Además, sostiene la infraestructura de más de 300 vuelos semanales entre ambos países y la comunidad de aproximadamente 500.000 iraníes con actividad empresarial en los Emiratos.

Los tres pilares que sostienen la seguridad jurídica Emiratos Árabes

El análisis identifica tres instrumentos concretos que soportan la previsibilidad del sistema durante la crisis.

En primer lugar, el Artículo 249 de la Ley Federal No. 5 de 1985. En efecto, este precepto introduce la Teoría de la Imprevisión en el Código Civil emiratí. Faculta a los tribunales a reajustar contratos cuando circunstancias extraordinarias los vuelven excesivamente gravosos. Por consiguiente, aporta flexibilidad al sistema contractual sin comprometer la certeza jurídica de las partes.

Además, el estándar NCEMA 7000:2021, desarrollado bajo el Decreto Ley Federal No. 2 de 2011. Este marco garantiza la continuidad de los servicios esenciales del país. También cubre sectores críticos como energía, banca o suministro de agua.

Por otro lado, los Decretos Leyes Federales No. 32 y 33 de 2025 refuerzan las facultades de la Autoridad del Mercado de Capitales. En efecto, protegen los activos de los inversores extranjeros ante episodios de volatilidad. Además, actualizan el marco anterior con nuevas obligaciones de información y protección de derechos de propiedad.

El mensaje institucional: garantizar la seguridad al inversor

Rafael López-Diéguez Piñar recoge la posición pública del presidente Mohamed bin Zayed Al Nahyan sobre el compromiso emiratí con la estabilidad. Además, el marco normativo funciona como respaldo material de esa declaración institucional.

En efecto, la combinación de mensaje político consistente y arquitectura jurídica robusta configura un entorno donde las principales corporaciones internacionales mantienen operaciones sin variaciones significativas. Por consiguiente, la previsibilidad del sistema opera como ventaja competitiva del país frente a otras jurisdicciones de la región.

Hacia una nueva arquitectura del derecho de crisis

Por otro lado, el director general de RLD advierte que este modelo anticipa una evolución más amplia del derecho contemporáneo:

«La resiliencia jurídica dejará de ser una excepción para convertirse en un elemento estructural.»

Por consiguiente, el contexto actual apunta hacia modelos jurídicos más dinámicos. En efecto, los contratos adaptativos y los mecanismos de protección estatal jugarán un papel central en la estabilidad económica internacional. Además, la lección para las empresas españolas con presencia o interés en el Golfo es clara. La estabilidad operativa en escenarios de volatilidad geopolítica depende del conocimiento real del marco jurídico aplicable, no del apetito por el riesgo.

Rafael López-Dieguez.

Director General.

 

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